Registro retributivo

Con la entrada en vigor del R.D. Ley 6/2019, todas las empresas, independientemente del número de trabajadores/as, están obligadas a contar con un registro de la retribución que percibe todo el personal de la plantilla, independientemente de su cargo. El fin de esta medida es garantizar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres dentro de la organización.

Obligaciones en materia de igualdad

Todas las empresas tienen actualmente la obligación de informar anualmente de las remuneraciones de sus trabajadores según el RD 902/2020.

El principio de transparencia retributiva se aplicará a través de los instrumentos regulados en el real decreto: los registros salariales, la auditoría retributiva, el sistema de valoración de puestos de trabajo y el derecho de información de las personas trabajadoras.

  • · Las empresas con menos de 50 empleados solo deben realizar el registro salarial anualmente.
  • Las empresas con más de 50 empleados, además del registro salarial, deben realizar el plan de igualdad completo (incluyendo la auditoría retributiva).

Registro salarial y auditoría retributiva

La obligación de generar un registro salarial de los empleados con perspectiva de género es universal para todas las empresas, mientras que la realización de la auditoría retributiva es preceptiva para empresas de más de 50 trabajadores. 

Consa Consultores cubre ambas obligaciones de manera completa y automatizada.

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