Plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio

El Gobierno aprueba una ley pionera contra el desperdicio alimentario

Nueva Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario

El pasado 7 de junio de 2022, el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario. Esta normativa, la primera que se regula en España sobre la materia, tiene el objetivo de reducir el desecho de alimentos sin consumir y favorecer el aprovechamiento de los mismos por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria, que incluye tanto a los productores primarios (en la fase de cosecha y recolección), como a los consumidores (bares, restaurantes y comercios de alimentación). Tras su aprobación, y tal y como confirmó el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la ley , entrará en vigor a lo largo de enero de 2023.

Todos los agentes de la cadena alimentaria tienen la obligación de aplicar la jerarquía de prioridades en cualquiera de sus eslabones y adoptar las medidas adecuadas para su aplicación, tal y como regula la nueva ley.

Para que esto se lleve a cabo, los negocios de hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios tendrán las siguientes obligaciones:

  • Disponer de infraestructuras adecuadas y formación del personal para que los procesos de manipulación, almacenamiento y transporte se lleven a cabo en las condiciones óptimas.
  • Disponer de sistemas que garanticen la cadena de frío y el uso de equipos de almacenamiento y transporte adecuados.
  • Disponer de instalaciones adecuadas de manipulación.
  • Disponer de un plan para la prevención que contemple la donación.
  • Formar y sensibilizar al personal para que actúe de forma activa en la prevención y reducción del desperdicio alimentario.
  • Medir e informar anualmente sobre la cuantificación de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
  • Donar o distribuir sus excedentes a empresas y organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos
  • Asegurarse de que los productos con la fecha de consumo preferente vencida se presenten separados y claramente diferenciados del resto de productos en el punto de venta final.
  • Ofrecer al consumidor que puede llevar, sin coste adicional, los alimentos que no haya consumido e informar de esta posibilidad de forma clara y visible en el propio establecimiento. Se deberán emplear envases aptos para el uso alimentario, reutilizables y fácilmente reciclables.
  • Incorporar criterios de compra sostenible y de calidad para reducir la huella ambiental.
  • Los centros sanitarios, centros educativos y residencias geriátricas también deberán contar con programas de prevención y reducción de las pérdidas.

Por último, los negocios que venden alimentos al consumidor, como por ejemplo los supermercados, deberán adoptar las siguientes medidas:

  • Incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima.
  • Los establecimientos de comercio al por menor con una superficie superior a la que fijen las comunidades autónomas, que en todo caso será de al menos 400 metros cuadrados, deberán fomentar líneas de venta con productos “imperfectos” o “poco estéticos”, así como promover el consumo de productos de temporada, los ecológicos y los ambientalmente sostenibles.

La ley establece un importante régimen sancionador para los que no la cumplan

Adaptarse a esta nueva normativa es imprescindible para evitar una sanción económica que puede llegar a ser muy importante. La cuantía dependerá del tipo de falta cometida, pudiendo ser leve, grave o muy grave.

  • Faltas leves: se considerará infracción leve en caso de que no se aplique la jerarquía de prioridades en el uso de los alimentos. También se incluye en este grado de gravedad el hecho de que las industrias, negocios de distribución al por menor, hostelería y restauración no lleven a cabo la donación de los productos no vendidos que sean aptos para el consumo humano. Las sanciones podrían llegar hasta los 2.000 euros.
  • Faltas graves: se establece como falta grave el hecho de no contar con el plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. Las sanciones oscilarían entre 2.001 y 60.000 euros.
  • Faltas muy graves: se considerará sanción muy grave cuando se cometa una segunda falta grave en el plazo de dos años. En este caso, las sanciones partirían de los 60.001 euros y podrían alcanzar el medio millón de euros.

Desde Consa consultores ofrecemos tanto la formación para el personal  como el Plan de prevención y asesoramiento para la empresa.

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